Ley 1.919

Artículo 103Comunión de gastos y productos

Texto oficial

La comunión de gastos y productos durará mientras el dueño de la pertenencia ocupada comunique sus labores. Llegado este caso debe cerrarse la comunicación entre ambas minas, a petición de cualquiera de los interesados, en el punto de la línea divisoria.

Qué significa en la práctica

La comunión de gastos y productos de la internación dura mientras el dueño de la pertenencia ocupada comunique sus labores; llegado ese punto se cierra la comunicación en la línea divisoria a pedido de cualquiera.

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