Ley 1.919

Artículo 121Sobrante como nueva mina

Texto oficial

Cuando el terreno sobrante en la corrida del criadero mide CIENTO CINCUENTA (150) metros o más de longitud, se considera como nueva mina, y se concede al primer solicitante.

Qué significa en la práctica

Cuando el terreno sobrante en la corrida del criadero mide 150 metros o más de longitud, se considera una nueva mina y se concede al primer solicitante.

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