Ley 19.349

Artículo 67Cómputo de pasiva

Texto oficial

El tiempo pasado en pasiva no será computado para el ascenso ni para el retiro salvo en el caso del personal que haya revistado en pasiva por estar y fuera absuelto o sobreseído de la causa que motiva su procesamiento.

Qué significa en la práctica

El tiempo en pasiva no se computa para ascenso ni retiro, salvo el luego absuelto o sobreseído.

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