La asamblea constitutiva debe celebrarse con presencia del banco interviniente y será presidida por un funcionario de la autoridad de contralor; quedará constituida con la mitad más una de las acciones suscriptas. Fracaso de la convocatoria. Si fracasara, se dará por terminada la promoción de la sociedad y se restituirá lo abonado conforme al artículo 173, sin perjuicio de las acciones del artículo 175. Votación. Mayorías.
Qué significa en la práctica
La asamblea constitutiva debe celebrarse con la presencia del banco interviniente.