Ley 19.550

Artículo 228Bonos de goce

Texto oficial

Los bonos de goce se emitirán a favor de los titulares de acciones totalmente amortizadas. Dan derecho a participar en las ganancias y, en caso de disolución, en el producido de la liquidación, después de reembolsado el valor nominal de las acciones no amortizadas. Además gozarán de los derechos que el estatuto les reconozca expresamente. Bonos de participación.

Qué significa en la práctica

Los bonos de goce se emiten a favor de los titulares de acciones amortizadas.
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