Ley 19.550

Artículo 243Quórum (ordinaria)

Texto oficial

La constitución de la asamblea ordinaria en primera convocatoria, requiere la presencia de accionistas que representen la mayoría de las acciones con derecho a voto. Segunda convocatoria. En la segunda convocatoria la asamblea se considerará constituida cualquiera sea el número de esas acciones presentes. Mayoría. Las resoluciones en ambos casos serán tomadas por mayoría absoluta de los votos presentes que puedan emitirse en la respectiva decisión, salvo cuando el estatuto exija mayor número. Asamblea extraordinaria. Quórum.

Qué significa en la práctica

Fija el quórum de la asamblea ordinaria en primera y segunda convocatoria.
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