Ley 19.550

Artículo 262Elección por categoría

Texto oficial

Cuando existan diversas clases de acciones el estatuto puede prever que cada una de ellas elija uno o más directores, a cuyo efecto reglamentará la elección. Remoción. La remoción se hará por la asamblea de accionistas de la clase, salvo los casos de los artículo 264 y 276. Elección por acumulación de votos.

Qué significa en la práctica

Cuando existan clases de acciones, el estatuto puede prever la elección por categoría.
← Ver en Ley General de Sociedades completaLeyes