Ley 19.724

Artículo 14Redacción de los contratos

Texto oficial

Los contratos serán redactados en forma clara y fácilmente legibles. Las cláusulas que establezcan limitaciones de responsabilidad, facultades de rescindir o resolver el sin previa comunicación o intimación, o suspender su ejecución o la de la obra, o sanciones a cargo del otro contratante, caducidades, limitaciones a las facultades de oponer excepciones, cláusulas compromisorias o de prórroga de la judicial, así como los supuestos previstos en los incisos f) y h) del artículo 13, sólo tendrán efecto si son expresamente aceptadas por el adquirente en cláusula especial, firmada por éste. Precio Reajustable

Qué significa en la práctica

Los contratos deben redactarse en forma clara y fácilmente legible; las cláusulas que establezcan limitaciones a los derechos del adquirente deben ser expresas.

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