Ley 20.091

Artículo 71Funcionario inspector

Texto oficial

El funcionario al cual se encomiende la inspección de un asegurador o el control de su balance, presentará un informe escrito. Cuando dé lugar a observaciones de la Superintendencia, esta entregará al asegurador copia de las piezas de la inspección en que se funda. Asistencia a las asambleas.

Qué significa en la práctica

Regula la actuacion del funcionario encargado de la inspeccion de un asegurador.

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