Quien pretenda ejercer la actividad de martillero deberá inscribirse en la matrícula correspondiente a la en que hubiera de desempeñarse. Para ello deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Poseer el certificado previsto en el inciso c) del artículo 1º; b) Acreditar buena conducta; c) Constituir domicilio en la que corresponda a su inscripción; d) Constituir una garantía real o personal a la orden del organismo que tiene a su cargo el control de la matrícula, cuya clase y monto serán determinados por éste con carácter general. Gobierno.
Qué significa en la práctica
Para ejercer, el martillero debe inscribirse en la matrícula de su , con el certificado de idoneidad, buena conducta, domicilio y una garantía real o personal.