Ley 20.284

Artículo 2Autoridades sanitarias

Texto oficial

La autoridad sanitaria nacional, provincial y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, en sus respectivas jurisdicciones tendrán a su cargo la aplicación y fiscalización del cumplimiento de la presente ley y de las normas reglamentarias que en su consecuencia se dicten.

Qué significa en la práctica

Las autoridades sanitarias nacional, provinciales y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires aplican la ley en su .

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