Ley 20.321

Artículo 24Asambleas Ordinarias

Texto oficial

Las Asambleas Ordinarias se realizarán una vez por año, dentro de los cuatro meses posteriores a la clausura de cada ejercicio y en ellas se deberá: a) Considerar el Inventario, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos, así como la Memoria presentada por el Organo Directivo y el Informe del Organo de Fiscalización. b) Elegir a los integrantes de los órganos sociales electivos que reemplacen a los que finalizan su . c) Aprobar o ratificar toda retribución fijada a los miembros de los órganos Directivo y de Fiscalización. d) Tratar cualquier otro asunto incluido en la convocatoria.

Qué significa en la práctica

Las asambleas ordinarias se realizan una vez por ano dentro del plazo legal.

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