Artículo 5Aplicación supletoria del Estatuto del Personal Civil
Texto oficial
Las normas del Estatuto y Escalafón del
Personal Civil de la Administración Pública Nacional, son de aplicación
supletoria al personal incorporado al presente régimen. Al efecto, será
considerado como Personal Permanente y sus Derechos, Prohibiciones y
Deberes serán los que correspondan a esa condición.
CAPITULO II
Clases
Qué significa en la práctica
Establece que las normas del Estatuto y Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Nacional se aplican de manera supletoria, es decir, solo para llenar los vacíos que este estatuto no resuelve. A esos efectos, el personal se considera Personal Permanente y sus derechos, prohibiciones y deberes son los de esa condición.