Ley 20.628

Artículo 133Pérdidas no computables

Texto oficial

A los fines de la compensación prevista en los artículos anteriores, no se considerarán pérdidas los importes que autoriza a deducir el segundo párrafo del artículo 128. EXENCIONES

Qué significa en la práctica

Enumera las pérdidas que no se consideran a los fines de la compensación.

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