Ley 20.628

Artículo 172Diferencias de impuestos análogos

Texto oficial

Cuando los residentes en el país paguen diferencias de impuestos análogos originadas por los países que los aplicaron, que impliquen un incremento de créditos computados en años fiscales anteriores a aquél en el que se efectuó el pago de las mismas, tales diferencias se imputarán al año fiscal en que se paguen.

Qué significa en la práctica

Regula las diferencias de impuestos análogos pagadas por los residentes.

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