Ley 20.628

Artículo 184Actualización del artículo 32

Texto oficial

A los fines de la actualización prevista en el artículo 32, el importe establecido en el artículo 29 se considerará vigente al 31 de diciembre de 1985.

Qué significa en la práctica

Regula la actualización prevista en el Art. 32.

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