Ley 20.643

Artículo 11Períodos fiscales de aplicación

Texto oficial

El presente régimen será de aplicación, con respecto a personas humanas y sucesiones indivisas para los períodos fiscales 1974, 1975 y 1976 inclusive y, con respecto a sociedades comprendidas en el artículo 63 de la ley del impuesto a las ganancias, para los ejercicios cerrados entre el 1 de enero de 1974 y el 31 de diciembre de 1976 con las reducciones establecidas en el artículo 1º de esta ley. En ningún caso se admitirá el acogimiento a la franquicia por pagos efectuados —por cualquier causa— con posterioridad al plazo de UN (1) año contado desde la fecha de vencimiento general correspondiente al último ejercicio fiscal comprendido en el régimen.

Qué significa en la práctica

Fija los períodos fiscales en que se aplica el régimen para personas, sucesiones y sociedades.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de la Caja de Valores completaLeyes