El Agente Depositario Central de Valores asumirá siempre la responsabilidad derivada de las obligaciones a su cargo.
(Artículo sustituido por Art. 170 — Ley de Financiamiento Productivo B.O. 11/5/2018)
Qué significa en la práctica
El Agente Depositario Central asume la responsabilidad de las obligaciones a su cargo.