Ley 20.655

Artículo 34Subsistema de acreditación

Texto oficial

El subsistema de acreditación de organizaciones deportivas es el proceso mediante el cual se evalúa si una institución reúne las características estipuladas en la presente ley y se le otorga un reconocimiento formal de su integración al Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física. Las instituciones acreditadas y los integrantes de sus comisiones directivas o directorios serán incorporados al Registro permanente del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física que prevé el inciso b) del artículo 33 de la presente ley. (Artículo sustituido por art. 338 del Decreto N° 70/2023 B.O. 21/12/2023)

Qué significa en la práctica

El subsistema de acreditación evalúa si una organización deportiva reúne las características estipuladas.
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