Ley 20.657

Artículo 1Horarios de las organizaciones comerciales

Texto oficial

Las organizaciones comerciales de que trata el artículo 1 del decreto Ley de Promoción Comercial/69 deberán ajustar sus horarios a los que rijan para la actividad comercial en general en materia de apertura y cierre de comercios, jornada legal de trabajo, sábado inglés, descanso dominical y trabajo de mujeres y menores.

Qué significa en la práctica

Las organizaciones comerciales (supermercados) deben ajustar sus horarios a los de la actividad comercial en general (apertura, cierre, jornada, descanso dominical).
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