Son sociedades del Estado aquellas que, con exclusión de toda participación de capitales privados, constituyan el Estado Nacional, los Estados provinciales, los municipios, los organismos estatales legalmente autorizados al efecto o las sociedades que se constituyan en orden a lo establecido por la presente ley, para desarrollar actividades de carácter industrial y comercial o explotar servicios públicos.
Qué significa en la práctica
Define la figura: una empresa 100% estatal (sin un peso de capital privado) que crean el Estado nacional, provincias, municipios u organismos estatales, para hacer actividad industrial/comercial o prestar servicios públicos.