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Ley de Expropiaciones
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Art. 41
Ley 21.499
Artículo 41
Retrocesion parcial
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Texto oficial
Es admisible la acción de retrocesión ejercida parcialmente sobre una parte del bien expropiado.
Qué significa en la práctica
Es admisible la retrocesion ejercida parcialmente sobre una parte del bien expropiado.
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