La ocupación temporánea normal apareja , siendo aplicables en subsidio las reglas vigentes en materia de . La a que se refiere el presente artículo comprenderá el valor del uso y los daños y perjuicios ocasionados al bien o cosa ocupados, como así también el valor de los materiales que hubiesen debido extraerse necesaria e indispensablemente con motivo de la ocupación.
Qué significa en la práctica
La ocupacion temporanea normal apareja indemnizacion, con aplicacion subsidiaria de las reglas de la expropiacion.