Ley 22.248

Artículo 87Asistencia técnica

Texto oficial

El Ministerio de Trabajo de la Nación tendrá a su cargo la asistencia técnico-administrativa necesaria para el funcionamiento del organismo.

Qué significa en la práctica

El Ministerio de Trabajo brinda la asistencia técnico-administrativa para el funcionamiento de la Comisión.

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