Ley 22.362

Artículo 43Orden de las solicitudes

Texto oficial

La Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, anotará las solicitudes de registro y renovación en el orden que le sean presentadas. A tal efecto, llevará un Libro rubricado y foliado por la Secretaría de Estado de Desarrollo Industrial. En este libro se volcarán la fecha y hora de presentación, su número, la marca solicitada, el nombre y domicilio del solicitante y los productos o servicios a distinguir.

Qué significa en la práctica

La Dirección anota las solicitudes de registro y renovación en el orden de presentación.

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