Ley 22.362

Artículo 5Duración y renovación

Texto oficial

El término de duración de la marca registrada será de Diez (10) años. Podrá ser renovada indefinidamente por períodos iguales si la misma fue utilizada, dentro de los Cinco (5) años previos a cada vencimiento, en la comercialización de un producto, en la prestación de un servicio, o como parte de la designación de una actividad.

Qué significa en la práctica

La marca dura diez años y puede renovarse indefinidamente por períodos iguales.

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