Ley 23.077

Artículo 84Calificación jurídica en la sentencia

Texto oficial

y acusación – En la , el Tribunal podrá dar al hecho una calificación jurídica distinta a la del requerimiento fiscal o auto de elevación a juicio aunque deba aplicar penas más graves o medidas de seguridad, siempre que el no sea de de un tribunal distinto.

Qué significa en la práctica

En la el tribunal puede dar al hecho una calificación distinta a la de la acusación, aun con penas más graves o medidas de seguridad, siempre que el no sea de de otro tribunal.

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