y acusación – En la , el Tribunal podrá dar al hecho una calificación jurídica distinta a la del requerimiento fiscal o auto de elevación a juicio aunque deba aplicar penas más graves o medidas de seguridad, siempre que el no sea de de un tribunal distinto.
Qué significa en la práctica
En la el tribunal puede dar al hecho una calificación distinta a la de la acusación, aun con penas más graves o medidas de seguridad, siempre que el no sea de de otro tribunal.