Ley 23.098

Artículo 1Aplicación de la ley

Texto oficial

Aplicación de la ley. Esta ley regirá desde su publicación. El capítulo tendrá vigencia en todo el territorio de la Nación, cualquiera sea el tribunal que la aplique. Sin ello no obstará a la aplicación de las constituciones de Provincia o de leyes dictadas en su consecuencia, cuando se considere que las mismas otorgan más eficiente protección de los derechos que se refiere esta ley.

Qué significa en la práctica

Fija desde cuándo y dónde rige: desde su publicación y en todo el país, cualquiera sea el tribunal. Aclara que las provincias pueden aplicar sus propias normas de hábeas corpus si protegen mejor la libertad.

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