Ley 23.184

Artículo 29Banderas o trofeos provocadores

Texto oficial

— Los que, con el propósito de provocar a los simpatizantes del equipo contrario, llevasen consigo o exhibieren banderas o trofeos de clubes, que correspondan a otra divisa que no sea la propia, o a quienes con igual fin, las guardaren en un estadio o permitan hacerlo, serán sancionados con diez fechas de prohibición de concurrencia y con cinco a quince días de arresto. Los objetos serán decomisados.

Qué significa en la práctica

Sanciona con prohibición de concurrencia y arresto a quienes, para provocar a los simpatizantes contrarios, lleven o exhiban banderas o trofeos de otra divisa, o a quienes permitan guardarlos; los objetos se decomisan.

Normas relacionadas

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