Texto oficial
Queda expresamente prohibido a los abogados: a) Representar, patrocinar y/o asesorar simultánea o sucesivamente, en una misma causa, intereses opuestos; b) Ejercer la profesión en procesos en cuya tramitación hubiera intervenido anteriormente como juez de cualquier instancia, secretario o representante del ministerio público; c) Autorizar el uso de su firma o nombre a personas que, sin ser abogados, ejerzan actividades propias de la profesión; d) Disponer la distribución o participación de honorarios con personas que carezcan de título habilitante para el ejercicio profesional; e) Publicar avisos que induzcan a engaño u ofrecer ventajas que resulten violatorias de las leyes en vigor, o que atenten contra la ética profesional; f) Recurrir directamente, o por terceras personas, a intermediarios remunerados para obtener asuntos. TITULO II Inscripción de la Matrícula CAPITULO UNICO Matrícula de Abogados