Ley 23.187

Artículo 62Traspaso de la matrícula

Texto oficial

Constituidas las autoridades del Colegio, la Subsecretaría de Matrícula de la Corte Suprema de Justicia de la Nación hará entrega al Consejo Directivo de los libros, documentos y registros referentes a la matrícula de abogados. Asimismo, se transferirá sin cargo al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal el de los inmuebles donde actualmente funciona, ubicados en la calle Juncal 923–931, de la Ciudad de Buenos Aires, y del mobiliario allí existente, para el funcionamiento del Colegio.

Qué significa en la práctica

Constituidas las autoridades, la Corte Suprema entrega al Colegio los libros, documentos y registros de la matrícula, y se le transfiere el inmueble correspondiente (transitoria).

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