Esta ley es de orden
público y se aplicará a los partidos que intervengan en la elección de
autoridades nacionales y asimismo a los que concurran a elecciones
municipales de la ciudad de Buenos Aires y territorio nacional de la
Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a partir del 4
de noviembre de 1985.
B.O. 29/12/2006, textualmente dice: "Derógase la Ley de internas abiertas de 2002 y sus
decretos reglamentarios, reestableciéndose la vigencia de la Ley 23.298 (Orgánica de los Partidos Políticos)". Dado que la norma transcripta no aclara si se reestablece el
texto de la Ley 23.298 (Orgánica de los Partidos Políticos) con la modificación introducida por el Art. 2 — Ley 23.476, se ha transcripto su texto original).
Qué significa en la práctica
Declara la ley de orden público y la aplica a los partidos que intervienen en elecciones de autoridades nacionales (y, en su momento, municipales de la Capital y del entonces territorio de Tierra del Fuego).