Acorde con las modalidades de organización social previstas en el artículo cuarto de esta ley, los planes educativos y culturales también deberán:
a) Enseñar las técnicas modernas para el cultivo de la tierra y la industrialización de sus productos y promover huertas y granjas escolares o comunitarias;
b) Promover la organización de talleres-escuela para la preservación y difusión de técnicas artesanales; y
c) Enseñar la teoría y la práctica del cooperativismo.
Qué significa en la práctica
Los planes educativos enseñan técnicas modernas de cultivo e industrialización, talleres de artesanías y cooperativismo.