Artículo 21Las exenciones sobre títulos valores no tienen efecto
Texto oficial
Las exenciones totales
o parciales referidas a títulos, letras, bonos y demás títulos valores,
establecidas o que se establezcan en el futuro por leyes especiales, no
tendrán efecto para la determinación de esta contribución especial.
Qué significa en la práctica
Dispone que las exenciones totales o parciales sobre títulos, letras, bonos y demás títulos valores, establecidas o que se establezcan en el futuro por leyes especiales, no tienen efecto para determinar esta contribución. Blinda la base imponible hacia adelante: ninguna ley posterior que exima un título lo saca automáticamente del capital gravado de una cooperativa.