Ley 23.554

Artículo 5Ámbito territorial de la defensa

Texto oficial

La Defensa Nacional abarca los espacios continentales, Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y demás espacios insulares, marítimos y aéreos de la República Argentina, así como el Sector Antártico Argentino, con los alcances asignados por las normas internacionales y los tratados suscriptos o a suscribir por la Nación esto sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 28 de la presente Ley en cuanto a las atribuciones de que dispone el Presidente de la Nación para establecer teatros de operaciones para casos de la guerra o conflicto armado. Contempla también a los ciudadanos y bienes nacionales en terceros países, en aguas internacionales y espacios aéreos internacional.

Qué significa en la práctica

Abarca el territorio continental, las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, los demás espacios insulares, marítimos y aéreos y el Sector Antártico Argentino.

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