Ley 23.696

Artículo 67Delegación en el ministro

Texto oficial

Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a delegar en el ministro competente el ejercicio de las competencias que por esta ley tiene asignadas. A su vez, el Ministro competente se encuentra autorizado a delegar en los secretarios de su Ministerio las competencias propias a él acordadas por esta ley.

Qué significa en la práctica

Faculta al Poder Ejecutivo a delegar en el ministro competente las competencias asignadas.
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