Artículo 89Aplicación a la Ciudad de Buenos Aires y Tierra del Fuego
Texto oficial
Esta ley se aplicará también
en el ámbito de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y del
Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, de acuerdo a la reglamentación que dicte el Poder
Ejecutivo Nacional.
Qué significa en la práctica
La ley también se aplica en la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y en el entonces Territorio Nacional de Tierra del Fuego, según la reglamentación que dicte el Ejecutivo.