Ley 23.968

Artículo 2Aguas interiores

Texto oficial

Las aguas situadas en el interior de las líneas de base establecidas de conformidad con el artículo 1 de la presente ley, forman parte de las aguas interiores de la República Argentina.

Qué significa en la práctica

Las aguas situadas en el interior de las lineas de base son aguas interiores de la Nacion.

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