Ley 23.968

Artículo 9Derechos de la Nacion

Texto oficial

En los espacios marítimos aquí determinados la República Argentina conserva el derecho exclusivo de construir, autorizar y reglamentar la construcción, el funcionamiento y la utilización de todo tipo de instalaciones y estructuras, ejerciendo sobre las mismas su exclusiva, inclusive en materia de leyes y reglamentos en materia fiscal, aduanera, sanitaria y de inmigración.

Qué significa en la práctica

En los espacios maritimos determinados la Republica Argentina conserva los derechos exclusivos que indica.

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