La será nula:
1°) Si hubiere existido error sobre la identidad de la persona notificada.
2°) Si la resolución hubiere sido notificada en forma incompleta.
3°) Si en la diligencia no constara la fecha o, cuando corresponda, la entrega de la copia.
4°) Si faltare alguna de las firmas prescritas.
Qué significa en la práctica
La es nula si hubo error sobre la identidad del notificado, si fue incompleta, si no consta la fecha o la entrega de la copia, o si falta alguna firma exigida.