Ley 23.984

Artículo 16Oportunidad

Texto oficial

La acción civil sólo podrá ser ejercida en el proceso mientras esté pendiente la acción penal. La absolución del no impedirá al tribunal penal pronunciarse sobre la acción civil, en la .

Qué significa en la práctica

La acción civil solo puede ejercerse en el proceso penal mientras esté pendiente la acción penal. Aunque se absuelva al , el tribunal igual se pronuncia sobre la acción civil en la .

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