Ley 23.984

Artículo 492Sentencia absolutoria

Texto oficial

La absolutoria será ejecutada por el tribunal de juicio inmediatamente, aunque sea recurrida. En este caso, dicho tribunal practicará las inscripciones y notificaciones correspondientes.

Qué significa en la práctica

La absolutoria se ejecuta de inmediato por el tribunal de juicio, aunque sea recurrida, practicando las inscripciones y notificaciones correspondientes.

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