La parte resolutiva de la que condena a inhabilitación absoluta se hará publicar por el tribunal de ejecución en el Boletín Oficial. Además, se cursarán las comunicaciones al juez electoral y a las reparticiones o poderes que corresponda, según el caso.
Cuando la imponga inhabilitación especial, el tribunal de ejecución hará las comunicaciones pertinentes. Si se refiere a alguna actividad privada, se comunicará a la autoridad policial.
Qué significa en la práctica
La condena a inhabilitación absoluta se publica en el Boletín Oficial y se comunica al juez electoral y a las reparticiones que corresponda; la inhabilitación especial se comunica a la autoridad pertinente (o a la policía si es una actividad privada).