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Ley 24.005

VigenteNacional

Aumento de la cuota argentina en el Fondo Monetario Internacional y aprobaci├│n de la Tercera Enmienda de su convenio constitutivo

Sanción:2 de octubre de 1991BO:1 de noviembre de 1991Ver fuente oficial
8artículos
Fondo Monetario Internacionalcuota y poder de votoderechos especiales de giroNovena Revisi├│n General de CuotasTercera Enmienda del convenio constitutivoBanco Central de la Rep├║blica Argentina
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley financiera de ocho art├¡culos, con dos objetos distintos que viajan juntos. El primero es el aumento de la cuota del pa├¡s en el Fondo Monetario Internacional. La cuota es la contribuci├│n de capital de cada Estado miembro y define tres cosas a la vez: cu├ínto aporta, cu├íntos votos tiene y cu├ínto puede tomar prestado del organismo. La Novena Revisi├│n General de Cuotas, aprobada por la Junta de Gobernadores en 1990, aument├│ las cuotas de todos los miembros; para la Argentina el incremento fue de 424,1 millones de derechos especiales de giro, con lo que la cuota pas├│ a 1.537,1 millones. El pago sigue la mec├ínica cl├ísica del art├¡culo III del convenio: una cuarta parte en activos de reserva y tres cuartas partes en moneda nacional, y esa porci├│n se instrumenta con valores no negociables, sin inter├®s y a la vista emitidos por el Banco Central en lugar de efectivo (la ley todav├¡a habla de australes: el peso lleg├│ reci├®n en enero de 1992). El segundo objeto es la aprobaci├│n de la Tercera Enmienda del convenio constitutivo, que habilit├│ al Fondo a suspender el derecho de voto y otros derechos de un miembro que persista en no cumplir sus obligaciones. La ley tambi├®n manda que la erogaci├│n est├® prevista en el presupuesto: el Banco Central debe contar con fondos de contrapartida provistos por Hacienda.

Objetivo

Habilitar el aumento de la cuota argentina en el Fondo Monetario Internacional previsto en la Novena Revisi├│n General de Cuotas, ordenar la forma de pago y qui├®n lo instrumenta, y aprobar la Tercera Enmienda del convenio constitutivo del organismo con la autorizaci├│n para que los representantes del pa├¡s formalicen su aceptaci├│n.

Problema que resuelve

El aumento de cuota decidido por la Junta de Gobernadores del Fondo no se hace efectivo por sí solo: cada Estado tiene que consentirlo y pagarlo según sus procedimientos internos, y en la Argentina eso exige ley del Congreso porque compromete recursos públicos y modifica un tratado. Sin la ley no había base legal para que el Banco Central pagara por cuenta del gobierno nacional, ni para emitir a favor del Fondo los valores no negociables que sustituyen el aporte en efectivo en moneda nacional, ni para que los representantes del país aceptaran la enmienda del convenio. Además hacía falta resolver de dónde salían los fondos, para que el pago no quedara como un adelanto del Banco Central sin respaldo presupuestario.

A quiénes alcanza

Banco Central de la República ArgentinaMinisterio de Economía y Obras y Servicios Públicos (gobernador del país ante el Fondo Monetario Internacional)Tesoro nacional y la entonces Subsecretaría de HaciendaCongreso de la Nación en su función presupuestaria
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Banco Central de la Rep├║blica Argentina debe efectuar, en nombre y por cuenta del gobierno nacional, los pagos del aumento de cuota y los que deriven de las situaciones del art├¡culo V secci├│n 2 del convenio constitutivo (art├¡culos 3 y 4)
  • Por la porci├│n del aumento integrable en moneda nacional, el Banco Central debe emitir a la orden del Fondo Monetario Internacional valores no negociables, sin inter├®s y pagaderos a la vista, en sustituci├│n del aporte en efectivo (art├¡culo 3)
  • La erogaci├│n debe incluirse previamente en la ley de presupuesto del ejercicio pertinente y los fondos de contrapartida debe proporcionarlos la Subsecretar├¡a de Hacienda (art├¡culo 5)
  • El gobernador y el gobernador alterno ante el Fondo deben llevar a cabo las acciones necesarias para que la Argentina acepte la Tercera Enmienda (art├¡culo 7)

Casos de uso

  • Reconstruir la evoluci├│n de la cuota argentina en el Fondo Monetario Internacional y, con ella, su poder de voto y su acceso al cr├®dito del organismo
  • Ubicar la norma interna que aprob├│ la Tercera Enmienda del convenio constitutivo del Fondo
  • Verificar el mecanismo por el cual el Banco Central integra la porci├│n en moneda nacional de la cuota mediante valores no negociables
  • Determinar el encuadre presupuestario de los aportes a organismos financieros internacionales

Preguntas frecuentes

Es su contribuci├│n de capital al organismo, expresada en derechos especiales de giro. Define tres cosas al mismo tiempo: cu├ínto aporta el pa├¡s, cu├ínto poder de voto tiene en las decisiones del Fondo y cu├ínto puede tomar prestado, porque los l├¡mites de acceso al cr├®dito se calculan como porcentajes de la cuota. Por eso un aumento de cuota no es solo un gasto: tambi├®n ampl├¡a el margen de financiamiento disponible.