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Ley Nacional de Empleo
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Art. 138
Ley 24.013
Artículo 138
Modificación del salario mínimo
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Texto oficial
A petición de cualquiera de los sectores representados en el Consejo, se podrá modificar el monto del
salario
mínimo, vital y móvil establecido.
Qué significa en la práctica
Cualquiera de las partes del Consejo puede pedir que se revise el
salario
mínimo.
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Normas relacionadas
Modifica a
Ley de Contrato de Trabajo
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Relacionada con
DNU 70/2023
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