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Ley 24.015

VigenteNacional

Ratificaci├│n del convenio con la provincia de San Luis y creaci├│n del Parque Nacional Sierra de las Quijadas

Sanción:13 de noviembre de 1991BO:24 de diciembre de 1991Ver fuente oficial
5artículos
parques nacionalesParque Nacional Sierra de las Quijadascesi├│n de dominio y jurisdicci├│nexpropiaci├│n para conservaci├│npatrimonio paleontol├│gicoconvenios Naci├│n-provincias
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es la Ley de creaci├│n del Parque Nacional Sierra de las Quijadas, en el noroeste de San Luis: el paisaje de barrancas rojas, el Potrero de la Aguada y uno de los yacimientos de huellas y restos de dinosaurios del Cret├ícico m├ís importantes del pa├¡s. El mecanismo es el cl├ísico de los argentinos y explica por qu├® la ley parece un tr├ímite: los recursos naturales y las tierras son de las provincias, as├¡ que la Naci├│n no puede crear un parque por decisi├│n propia. Hace falta una cadena de actos. Primero, un convenio entre la provincia y la Administraci├│n de ÔÇöac├í el del 3 de julio de 1989, firmado por el gobernador Adolfo Rodr├¡guez ├í y el presidente del Directorio, Jorge MorelloÔÇö. Despu├®s, una ley provincial que lo ratifique, declare de utilidad p├║blica los inmuebles y habilite las expropiaciones: fue la Ley 4844 de San Luis, del 20 de septiembre de 1989. Y por ├║ltimo la ley nacional que ratifica el convenio y acepta la cesi├│n, que es esta. El convenio incluye una salvaguarda para la provincia: si la Administraci├│n no paga las indemnizaciones expropiatorias, debe restituir la posesi├│n, el y la jurisdicci├│n. La ley, adem├ís, no fija de una vez cu├ínto ser├í parque y cu├ínto reserva: encarga a la Administraci├│n elevar esa determinaci├│n una vez en posesi├│n de la superficie, porque las categor├¡as de la Ley de Parques Nacionales tienen distinto nivel de restricci├│n de usos.

Objetivo

Ratificar el convenio de 1989 con la provincia de San Luis, aceptar la cesi├│n de y jurisdicci├│n sobre unas 150.000 hect├íreas en los departamentos de Ayacucho y Belgrano, y dar por creado sobre esa superficie el Parque Nacional Sierra de las Quijadas bajo el r├®gimen de la Ley de Parques Nacionales.

Problema que resuelve

La creaci├│n de un parque nacional sobre territorio provincial exige resolver dos problemas jur├¡dicos. El primero es de : las tierras y los recursos naturales pertenecen a la provincia, de modo que la Naci├│n necesita una cesi├│n expresa de y jurisdicci├│n, ratificada por las legislaturas de las dos partes. El segundo es de propiedad privada: buena parte de la superficie estaba en manos de particulares, as├¡ que antes de ceder hay que expropiar, y hay que definir qui├®n paga esas indemnizaciones. El convenio y las dos leyes ratificatorias arman esa secuencia y dejan sentado que las expropiaciones las tramita la provincia pero las paga la Naci├│n, con reversi├│n de la cesi├│n si no lo hace.

A quiénes alcanza

Administración de Parques NacionalesProvincia de San LuisPropietarios de los inmuebles declarados de utilidad pública en los departamentos Ayacucho y BelgranoVisitantes y pobladores de la zona del parqueComunidad científica y paleontológica
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La provincia de San Luis debe cumplir los art├¡culos 3 y 4 de su Ley 4844: obtener por expropiaci├│n la titularidad y la posesi├│n de los inmuebles y cederlos a la Administraci├│n de , junto con la jurisdicci├│n al Estado nacional
  • La Administraci├│n de debe hacerse cargo de las indemnizaciones expropiatorias y de los gastos de los juicios, aceptando las tasaciones de los organismos provinciales (art├¡culo 4 del convenio ratificado)
  • La Administraci├│n de debe elevar al Poder Ejecutivo nacional, una vez en posesi├│n de la superficie, la determinaci├│n de los porcentajes y l├¡mites de las ├íreas que ser├ín parque nacional y de las que ser├ín reserva nacional
  • El gasto que demande el cumplimiento de la ley se afronta con cargo al Tesoro del Estado nacional

Derechos que reconoce

  • La provincia de San Luis tiene derecho a que se le restituyan la posesi├│n, el y la jurisdicci├│n si la Administraci├│n de no cumple con el pago de las indemnizaciones (cl├íusula de reversi├│n del art├¡culo 4 del convenio)
  • Los propietarios expropiados tienen derecho a la indemnizaci├│n, cuyo pago corresponde al Estado nacional seg├║n las tasaciones de los organismos provinciales
  • La superficie afectada queda amparada por el r├®gimen de protecci├│n de la Ley de Parques Nacionales, con las restricciones de uso propias de parque nacional y de reserva nacional

Casos de uso

  • Verificar el t├¡tulo por el cual el Estado nacional ejerce jurisdicci├│n sobre el Parque Nacional Sierra de las Quijadas
  • Reconstruir la secuencia jur├¡dica necesaria para crear un parque nacional sobre territorio provincial
  • Determinar qui├®n deb├¡a pagar las indemnizaciones de las expropiaciones y qu├® pasaba si no lo hac├¡a
  • Ubicar los l├¡mites originales del ├írea afectada y su posibilidad de ajuste por mensura

Preguntas frecuentes

El Parque Nacional Sierra de las Quijadas, en los departamentos de Ayacucho y Belgrano de la provincia de San Luis, sobre unas 150.000 hect├íreas. Lo hace ratificando el convenio del 3 de julio de 1989 entre la provincia y la Administraci├│n de y sujetando el ├írea al r├®gimen de la Ley de Parques Nacionales.