Ley 24.024

Artículo 1La Casa Hist├│rica de Tucum├ín ser├í custodiada por el Ej├®rcito Argentino

Texto oficial

La Casa Hist├│rica de Tucum├ín, cuna de la independencia argentina, estar├í custodiada por soldados del Ej├®rcito Argentino, como homenaje a su valor como monumento fundacional de la patria.

Qué significa en la práctica

Es el art├¡culo que crea la guardia. Establece que la Casa Hist├│rica de Tucum├ín ÔÇöel edificio donde el 9 de julio de 1816 se declar├│ la independenciaÔÇö tenga custodia de soldados del Ej├®rcito Argentino, y dice expresamente para qu├®: como homenaje a su valor de monumento fundacional de la patria. No es una medida de seguridad ordinaria sino una guardia de honor, y por eso los art├¡culos siguientes se ocupan del uniforme y de la ceremonia antes que de la vigilancia.

Efectos prácticos

  • El Ej├®rcito Argentino queda obligado por ley a custodiar la Casa Hist├│rica de Tucum├ín
  • La custodia tiene car├ícter de homenaje: es una guardia de honor, no un servicio de vigilancia com├║n
  • La obligaci├│n es permanente y no depende de una decisi├│n administrativa que pueda revocarse

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