Resumen ejecutivo
La Constituci├│n Nacional exige que el Presidente cuente con permiso del Congreso para ausentarse del territorio de la Naci├│n ÔÇöhoy la regla est├í en el art├¡culo 99, inciso 18; antes de la reforma de 1994 estaba en el art├¡culo 86ÔÇö. Pedir ese permiso viaje por viaje volver├¡a impracticable cualquier agenda internacional, as├¡ que la pr├íctica institucional es que el Congreso lo conceda una vez por a├▒o y en bloque. Esta ley de dos art├¡culos es exactamente eso para el a├▒o 1992: la autorizaci├│n general, condicionada a que la salida responda a razones de gobierno. No crea programas ni obligaciones para los ciudadanos y se agota con el a├▒o calendario: cada a├▒o necesita su propia ley.Objetivo
Cumplir el requisito constitucional de permiso del Congreso para las salidas del país del Presidente, otorgándolo de manera general para todo el año 1992.Problema que resuelve
Sin una autorizaci├│n general, cada viaje presidencial al exterior exigir├¡a una ley espec├¡fica del Congreso, con el consiguiente costo de tiempo legislativo y el riesgo de bloquear la agenda internacional del pa├¡s.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes