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Tratado 24.046

VigenteTratadoNacional

Acuerdo entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil para el Uso Exclusivamente Pacífico de la Energía Nuclear

Sanción:5 de diciembre de 1991Promulgación:11 de diciembre de 1991BO:24 de diciembre de 1991Ver fuente oficial
2artículos
no proliferación nuclearuso pacífico de la energía nuclearsalvaguardias nuclearesintegración con el BrasilABACCpolítica exterior
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley aprobatoria de dos art├¡culos: el contenido est├í en el acuerdo anexo, de 22 art├¡culos y un anexo t├®cnico. Es el instrumento que cerr├│ la carrera nuclear entre la Argentina y el Brasil. El compromiso b├ísico del art├¡culo I es doble: usar exclusivamente con fines pac├¡ficos el material y las instalaciones nucleares, y prohibir, impedir y abstenerse de fomentar o autorizar el ensayo, uso, fabricaci├│n, producci├│n, adquisici├│n, recibo, almacenamiento o posesi├│n de cualquier arma nuclear. Un tercer p├írrafo va m├ís lejos: como no existe distinci├│n t├®cnica posible entre un dispositivo nuclear explosivo con fines pac├¡ficos y uno b├®lico, las Partes tambi├®n renuncian a los explosivos nucleares llamados pac├¡ficos mientras esa limitaci├│n t├®cnica persista. A cambio, el acuerdo preserva expresamente dos cosas: el derecho inalienable a desarrollar investigaci├│n, producci├│n y uso pac├¡fico de la energ├¡a nuclear, con reserva de los secretos industriales, tecnol├│gicos y comerciales, y el derecho a usar energ├¡a nuclear para la propulsi├│n u operaci├│n de cualquier veh├¡culo, incluidos submarinos, por considerarlas aplicaciones pac├¡ficas. La verificaci├│n no queda en manos de un tercero: las Partes crean el Sistema Com├║n de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (SCCC) y la Agencia Brasile├▒o-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC), con personalidad jur├¡dica, sede en R├¡o de Janeiro y dos ├│rganos, una Comisi├│n de cuatro miembros (dos por pa├¡s) y una Secretar├¡a cuyo Secretario rota anualmente entre las nacionalidades, empezando por el que no es del pa├¡s sede. El mecanismo es de inspecci├│n cruzada: los inspectores nacionales de una Parte inspeccionan las instalaciones de la otra, dependen solo de la Secretar├¡a mientras est├ín en funci├│n, y la Comisi├│n debe poner las anomal├¡as en conocimiento de la Parte, que queda obligada a subsanarlas. La confidencialidad industrial y comercial est├í fuertemente protegida: la ABACC no puede divulgar informaci├│n sin consentimiento expreso, el deber de reserva de miembros, funcionarios e inspectores subsiste despu├®s de dejar el cargo, y las sanciones por violarlo las fija cada legislaci├│n nacional respecto de sus propios nacionales, con independencia del lugar del hecho. El acuerdo tiene duraci├│n indefinida, se enmienda por acuerdo y se denuncia por nota diplom├ítica con efecto a los seis meses; el incumplimiento grave habilita a la otra Parte a terminarlo o suspenderlo, notificando a la ONU y a la OEA.

Objetivo

Garantizar de manera verificable y recíproca que ni la Argentina ni el Brasil usen su material e instalaciones nucleares para fines militares, sin renunciar al desarrollo nuclear pacífico.

Problema que resuelve

Durante d├®cadas los dos programas nucleares m├ís avanzados de Am├®rica del Sur crecieron en desconfianza mutua y bajo sospecha internacional de derivaci├│n militar, con ninguno de los dos pa├¡ses adherido al r├®gimen global de no proliferaci├│n. Eso encarec├¡a el acceso a tecnolog├¡a y combustible, alimentaba una estrat├®gica entre vecinos y dejaba a la regi├│n sin garant├¡as. Faltaba un mecanismo que diera certeza sin obligar a ninguno a abrir sus secretos industriales a un tercero.

A quiénes alcanza

Comisión Nacional de Energía Atómicaoperadores de instalaciones nuclearesAutoridad Regulatoria Nuclearinspectores de la ABACCMinisterio de Relaciones Exterioresindustria nuclear y proveedores del sectorArmada Argentina
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Argentina debe utilizar exclusivamente con fines pac├¡ficos el material y las instalaciones nucleares sometidos a su jurisdicci├│n o control.
  • Debe prohibir e impedir en su territorio, y abstenerse de realizar, fomentar o autorizar, el ensayo, uso, fabricaci├│n, producci├│n o adquisici├│n de armas nucleares y su recibo, almacenamiento, instalaci├│n o posesi├│n.
  • Debe abstenerse tambi├®n de cualquier dispositivo nuclear explosivo, incluso los presentados como pac├¡ficos, mientras no exista distinci├│n t├®cnica posible entre unos y otros.
  • Debe someter todos los materiales nucleares de todas sus actividades nucleares al Sistema Com├║n de Contabilidad y Control administrado por la ABACC.
  • Debe permitir las inspecciones de la ABACC, sabiendo que los inspectores que act├║an en instalaciones argentinas son designados de la nacionalidad de la otra Parte.
  • Debe subsanar las anomal├¡as que la Comisi├│n de la ABACC ponga en su conocimiento.
  • Debe proveer, en forma equitativa con el Brasil, los fondos necesarios para el funcionamiento del SCCC y de la ABACC, y poner su t├®cnica a disposici├│n de la Agencia.
  • Los miembros de la Comisi├│n, los funcionarios de la Secretar├¡a, los inspectores y toda persona involucrada en la aplicaci├│n del sistema no pueden revelar informaci├│n industrial, comercial o confidencial, y esa obligaci├│n subsiste despu├®s de dejar sus funciones.

Derechos que reconoce

  • Derecho inalienable de la Argentina a desarrollar la investigaci├│n, la producci├│n y la utilizaci├│n de la energ├¡a nuclear con fines pac├¡ficos, sin discriminaci├│n.
  • Derecho a preservar sus secretos industriales, tecnol├│gicos y comerciales frente al sistema de verificaci├│n.
  • Derecho a usar la energ├¡a nuclear para la propulsi├│n u operaci├│n de cualquier tipo de veh├¡culo, incluidos submarinos, expresamente calificado como aplicaci├│n pac├¡fica.
  • Derecho a que la ABACC no divulgue informaci├│n confidencial sobre las instalaciones y los programas nucleares sin consentimiento expreso.
  • Derecho a dar por terminado o suspender el acuerdo si la otra Parte lo incumple gravemente, y a denunciarlo en cualquier momento con efecto a los seis meses.

Casos de uso

  • Una instalaci├│n nuclear argentina recibe la visita de inspectores designados por la ABACC, de nacionalidad brasile├▒a, que verifican los registros de materiales nucleares.
  • La Comisi├│n de la ABACC detecta una discrepancia en los registros y la comunica al pa├¡s correspondiente, que queda obligado a subsanarla.
  • Un proveedor internacional eval├║a vender tecnolog├¡a a la Argentina: la existencia del SCCC y de la ABACC funciona como garant├¡a verificable de uso pac├¡fico.
  • Un ex funcionario de la Secretar├¡a de la ABACC divulga informaci├│n sobre una instalaci├│n: la sanci├│n la determina la legislaci├│n de su propio pa├¡s, aunque el hecho haya ocurrido en el exterior.
  • La Armada eval├║a un proyecto de propulsi├│n nuclear naval: el art├¡culo III del acuerdo lo reconoce expresamente como aplicaci├│n pac├¡fica.

Preguntas frecuentes

Usar exclusivamente con fines pac├¡ficos todo el material y las instalaciones nucleares bajo su jurisdicci├│n o control, y prohibir, impedir y abstenerse de fomentar o autorizar el ensayo, uso, fabricaci├│n, producci├│n, adquisici├│n, recibo, almacenamiento o posesi├│n de cualquier arma nuclear. Adem├ís renunciaron a los dispositivos nucleares explosivos aun cuando se presenten como pac├¡ficos, porque el propio acuerdo reconoce que hoy no hay distinci├│n t├®cnica posible entre esos artefactos y los b├®licos.