Resumen ejecutivo
Es la ley que termin├│ de provincializar la educaci├│n argentina. La transferencia de las escuelas primarias nacionales ya ven├¡a de antes; esta ley cerr├│ el proceso con la ense├▒anza media y la superior no universitaria, y con los establecimientos del Consejo Nacional de Educaci├│n T├®cnica. Est├í organizada en siete cap├¡tulos. El de la transferencia establece que se hace por convenio bilateral con cada jurisdicci├│n, refrendado por las legislaturas provinciales, que importa la sucesi├│n a t├¡tulo universal de derechos y obligaciones, y que las jurisdicciones receptoras deben cumplir todos los derechos y obligaciones vigentes en materia educativa, con el Estado Nacional garantizando ├│ptima cobertura, alta calidad pedag├│gica y equidad. Quedaron exceptuadas las escuelas superiores normales e institutos superiores, estatales y privados, la ENET N┬░ 1 Otto Krause, la Telescuela T├®cnica y tres Centros de Recursos Humanos y Capacitaci├│n de la Capital Federal. El cap├¡tulo de los bienes transfiere los inmuebles y su , los muebles, equipos y semovientes, la documentaci├│n y los contratos de locaci├│n de cosas, obras y servicios, todo libre de gravamen; no se transfieren los juicios pendientes ni las deudas anteriores, y si los bienes vinieron de donaciones o legados con cargo, la jurisdicci├│n receptora debe garantizar el cumplimiento del cargo y los derechos de los beneficiarios. El cap├¡tulo del personal es el que m├ís import├│ a los docentes: incorporaci├│n a la administraci├│n provincial o municipal con identidad o equivalencia de funci├│n, jerarqu├¡a y situaci├│n de revista, retribuci├│n no inferior a la que percib├¡a y equiparaci├│n a la escala jurisdiccional durante 1992, reconocimiento de la antig├╝edad en la carrera y en el cargo, estabilidad en el cargo u horas c├ítedra y reconocimiento de t├¡tulos y antecedentes para concursar. Se previ├│ la opci├│n de continuar en la OSPLAD, la continuidad en la Caja Complementaria de Previsi├│n para la Actividad Docente, el reconocimiento previsional de los servicios nacionales y la posibilidad de seguir aportando al sistema nacional para quienes no reunieran los requisitos locales. Las cuestiones disciplinarias anteriores a la transferencia se resuelven con la norma vigente al momento de los hechos y en la jurisdicci├│n de origen, con plazo de un a├▒o, y las sanciones las aplica la receptora. El cap├¡tulo del financiamiento es el coraz├│n pol├¡tico de la ley: desde enero de 1992 la Secretar├¡a de Hacienda retiene de la participaci├│n de las provincias en la coparticipaci├│n de la Coparticipacion Federal de Impuestos, antes de la distribuci├│n secundaria, el monto de la planilla anexa N┬░ 1 A, con destino no solo a la educaci├│n transferida sino tambi├®n a hospitales e institutos nacionales, pol├¡ticas sociales comunitarias y el programa social nutricional. La retenci├│n opera en la medida en que el aumento de la recaudaci├│n de 1992 supere el promedio mensual anualizado de abril a diciembre de 1991, y si no lo hace la Naci├│n cubre el costo total y en forma autom├ítica. El cap├¡tulo pedag├│gico deja en el Ministerio de Cultura y Educaci├│n, con el Consejo Federal de Cultura y Educaci├│n, la ejecuci├│n de las pol├¡ticas nacionales, la evaluaci├│n de la calidad, la asistencia t├®cnica y financiera, el reconocimiento de t├¡tulos y la informaci├│n del sistema. La ense├▒anza privada transferida queda garantizada en su libertad de ense├▒anza y puede mantener sus caracter├¡sticas doctrinarias y su estilo formativo, y las jurisdicciones deben mantener el r├®gimen de aportes en concordancia con el nacional. Por ├║ltimo, la ley oblig├│ a los participantes del r├®gimen de la Coparticipacion Federal de Impuestos a presentar en 1992 un proyecto de ley sustitutiva de la coparticipaci├│n federal, que qued├│ incumplido.Objetivo
Traspasar a las provincias y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires la administración de los servicios educativos que la Nación manejaba en forma directa, con garantías para el personal y un mecanismo de financiamiento atado a la coparticipación.Problema que resuelve
La Naci├│n administraba directamente miles de escuelas medias y t├®cnicas en todo el pa├¡s, lejos de las comunidades a las que serv├¡an, con doble estructura burocr├ítica superpuesta a la provincial y sin correspondencia entre quien decid├¡a y quien conoc├¡a el territorio. Al mismo tiempo, el gasto educativo nacional presionaba sobre un presupuesto en crisis. Faltaba definir qui├®n pagaba, qu├® pasaba con los edificios, los juicios y las deudas, y sobre todo qu├® pasaba con la carrera, el , la antig├╝edad y la obra social de decenas de miles de docentes.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes